¿Cuánto pagaré de cuota de autónomos en 2026?
Desde 2023 la cuota depende de lo que ganas: hay 15 tramos. Pon lo que calculas ganar al mes y te decimos el tuyo.
302,65 € al mes
- Rendimiento que cuenta: 1.395,00 € al mes (se descuenta un 7 % de gastos generales)
- Tramo 2 de la tabla general: base de cotización de 960,78 € a 1.500,00 €
- Con la base mínima pagas 302,65 €; si eliges la máxima de tu tramo, 472,50 €
- Al año: unos 3.631,80 €
La cuota incluye tu jubilación, la baja por enfermedad o accidente y el paro de autónomos (cese de actividad). Al año siguiente, la Seguridad Social la ajusta con lo que declares a Hacienda: si ganaste más, pagas la diferencia; si ganaste menos, te devuelve.
Tabla de tramos 2026
Euros al mes. «Lo que ganas» es el rendimiento neto después de descontar el 7 % de gastos generales (3 % si eres societario). La cuota es el 31,50 % de la base que elijas dentro de tu tramo; aquí sale la de la base mínima.
| Tramo | Lo que ganas al mes | Base mínima | Cuota mínima |
|---|---|---|---|
| Reducida 1 | Hasta 670,00 | 653,59 | 205,88 |
| Reducida 2 | Más de 670,00 hasta 900,00 | 718,95 | 226,47 |
| Reducida 3 | Más de 900,00 y menos de 1.166,70 | 849,67 | 267,65 |
| General 1 | De 1.166,70 a 1.300,00 | 950,98 | 299,56 |
| General 2 | Más de 1.300,00 hasta 1.500,00 | 960,78 | 302,65 |
| General 3 | Más de 1.500,00 hasta 1.700,00 | 960,78 | 302,65 |
| General 4 | Más de 1.700,00 hasta 1.850,00 | 1.143,79 | 360,29 |
| General 5 | Más de 1.850,00 hasta 2.030,00 | 1.209,15 | 380,88 |
| General 6 | Más de 2.030,00 hasta 2.330,00 | 1.274,51 | 401,47 |
| General 7 | Más de 2.330,00 hasta 2.760,00 | 1.356,21 | 427,21 |
| General 8 | Más de 2.760,00 hasta 3.190,00 | 1.437,91 | 452,94 |
| General 9 | Más de 3.190,00 hasta 3.620,00 | 1.519,61 | 478,68 |
| General 10 | Más de 3.620,00 hasta 4.050,00 | 1.601,31 | 504,41 |
| General 11 | Más de 4.050,00 hasta 6.000,00 | 1.732,03 | 545,59 |
| General 12 | Más de 6.000,00 | 1.928,10 | 607,35 |
Cálculo orientativo. Fuente: Seguridad Social · Bases y tipos de cotización 2026 · Ley General de la Seguridad Social, art. 308. Revisado el 1 de noviembre de 2026.